29 de Julio 2022

El martes 27 de julio fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.474, que permite a personas trabajadoras extender el Permiso Postnatal Parental por hasta un máximo de 60 días, a quienes hayan finalizado su PPP entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de septiembre de 2022.

Cabe destacar que el uso del beneficio se extingue a todo evento el 30 de septiembre, por lo que el padre o madre deberá retornar a sus trabajo a contar del 1 de octubre de 2022.

Esta ley se financiará con cargo al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía y considera las mismas condiciones de otorgamiento, cálculo y pago que el Permiso Postnatal Parental.

¿Cómo acceder al beneficio?

Si el Permiso Postnatal Parental finaliza después de la entrada en vigencia de la Ley, es decir, después del 27 de julio de 2022, el permiso se renovará automáticamente, sin necesidad de que las personas deban realizar trámite alguno. En estos casos, el permiso se renovará por 60 días, terminando, a todo evento, el 30 de septiembre.

Si el Permiso Postnatal Parental finalizó entre el 1 de mayo de 2022 y la entrada en vigencia de la Ley, es decir, el 27 de julio de 2022, las personas deben informar a su empleador y a la Inspección del Trabajo (Correo electrónico: upartesyarchivodt@dt.gob.cl) para dar curso al beneficio. Esta notificación puede ser mediante correo electrónico o carta certificada y debe indicar 2 puntos: primero, la fecha de inicio de uso del beneficio y  la entidad pagadora del permiso postnatal parental, en este caso el empleador envía a Caja La Araucana un mail a extension.ppp@laaraucana.cl adjuntando:

-Carta  de la decisión del o la trabajadora de hacer uso de la extensión.
-Carta de traspaso del permiso  PPP al cónyuge, si corresponde.

 

Esta notificación al empleador con copia a la Inspección del Trabajo debe realizarse como plazo máximo hasta el 11 de agosto de 2022, de lo contrario, se pierde el beneficio.

 

¿Puede ser traspasado al padre?

Este beneficio puede ser traspasado al padre, siempre y cuando en el uso del Permiso Postnatal Parental, la mujer ya lo haya realizado. 

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